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Política & Economía Nacional

Atentado a la AMIA: El Estado reconoció su responsabilidad por la impunidad.

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Diana Wassner y Adriana Reisfeld llevan 28 años buscando saber quién, por qué y cómo voló la AMIA. Este viernes subieron el último escalón que les quedaba en esa larga búsqueda después de no obtener verdad y justicia en el país. A través de sus abogados, representantes del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), pidieron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) que condene al Estado argentino, que admitió como válidas todas las injusticias que la agrupación Memoria Activa denunció. “El Estado es responsable por todas las manifestaciones de impunidad en el caso AMIA”, reconoció Natalia D’Alessandro, titular de la Unidad Especial de Investigación (UEI) AMIA, que depende del Ministerio de Justicia. La condena podría conocerse en los próximos tres meses, pero los integrantes del tribunal regional le encomendaron al Estado argentino que efectivice mientras tanto medidas concretas que puedan servir como modo de reparación a las víctimas.

No hay lugar en donde Diana y Adriana no se hayan metido para buscar saber qué pasó el 18 de julio de 1994, cuando una de ellas perdió a su marido y otra, a su hermana. Estuvieron en una oficina de Migraciones buscando fichas de ingresos al país mientras palomas las sobrevolaban dentro del edificio. En 2015 fueron a conocer el lugar donde estaban arrumbados los archivos de inteligencia sobre el peor atentado terrorista del país. Los encontraron con 40 centímetros de agua, entre cucarachas y ratas. Esos fueron algunos de los relatos que en estos últimos dos días oyeron de boca de referentes de Memoria Activa los integrantes de la Corte-IDH que se reunieron en Uruguay.

Los miembros del tribunal regional también escucharon que el juez que debía investigar el ataque –Juan José Galeano– terminó inculpando a inocentes y después terminó siendo enjuiciado por desviar la investigación. Lo mismo sucedió con los fiscales que lo acompañaban en la pesquisa. Condenados en 2019, esa sentencia aún no fue revisada por la Cámara Federal de Casación Penal –que recién fijó audiencia para el 17 de noviembre próximo–. Ahora, ya ni siquiera tienen contacto con los fiscales que llevan adelante la investigación y que quedaron a cargo de la Unidad Fiscal de Investigación (UFI) AMIA.

La representación del Estado argentino –encabezada por Javier Salgado, de la Cancillería, y por D’Alessandro, de la UEI-AMIA– no pudo más que decirles que les asistía la razón en cada uno de sus planteos. El reconocimiento fue fuerte. “El Estado es responsable por todas las manifestaciones de impunidad en el caso: por el armado de una acusación falsa, por la cooptación de la Justicia, por los servicios de inteligencia, por la corrupción, por la falta de seguimiento de líneas lógicas de investigación, por los plazos irrazonables de tramitación de actuaciones judiciales, por el secreto, por el encubrimiento de la verdad, por la falta de construcción de la memoria colectiva y, sobre todo, por la manipulación política de la causa al servicio de intereses –nacionales y extranjeros– inescrupulosos”, dijo la titular de la UEI-AMIA.

“Nos parece importante este reconocimiento”, respondió Diana Wassner. “Nos parecerá bien en el momento que se traduzca en acciones concretas”, agregó la integrante de Memoria Activa.

Hasta el 15 de noviembre próximo, el Estado argentino tendrá oportunidad de contestar los alegatos por escrito. Lo mismo harán Memoria Activa y el CELS. Se espera que para principios del año próximo haya una sentencia. Sin embargo, el presidente de la Corte-IDH, Ricardo Pérez Manrique, le pidió al Estado argentino que avance con algunas medidas que signifiquen un avance en el camino de verdad y justicia que reclaman los peticionarios. Entre otras cuestiones, el juez le encomendó al Ejecutivo que operacionalice el decreto del presidente Alberto Fernández de 2020 que desclasifica información considerada secreta vinculada al atentado. Para eso, deberá convocarse a una mesa de trabajo por parte de las autoridades de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) y de la Jefatura de Gabinete. Además, Pérez Manrique pidió que el Estado centralice toda la documentación disponible sobre el atentado, que –créase o no– aun no se ha hecho 28 años después del ataque a la mutual de la calle Pasteur.

Fiscalía fantasma

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) funciona como una fiscalía cuando un caso se lleva ante la Corte, es decir, toma un rol acusador. En su exposición, la presidenta de la CIDH, Julissa Mantilla Falcón, reclamó: “Resulta urgente que el Estado argentino revise la integración de la UFI-AMIA”. Para la comisionada, la urgencia pasa por dos cuestiones básicas: la nueva conducción de la Unidad –encabezada por los fiscales Sebastián Basso y Gonzalo Miranda– no recibe a las víctimas reunidas en Memoria Activa ni les informa cuáles son sus líneas de investigación o cuáles son sus avances.

Durante la jornada del jueves, Adriana Reisfeld había catalogado a la unidad que supo estar más de diez años a cargo de Alberto Nisman como una “fiscalía fantasma”. En la Procuración –a cargo del interino Eduardo Casal– por el momento no acusan recibo. El Ministerio Público Fiscal es una de las deudas del gobierno, que no logró nombrar a un titular en el cargo que quedó vacante después de que Alejandra Gils Carbó fuera forzada a renunciar.

Paula Litvachky, directora ejecutiva del CELS, alegó en representación de Memoria Activa. “El Estado argentino, tanto con acciones como con desidias, nos privó a todos de la verdad histórica”, dijo la abogada.

El reclamo de Memoria Activa estuvo centrado en que se sabe poco y nada del atentado y que, para eso, es necesario acceder a los archivos. Desde la agrupación también reclamaron que se reforme la Ley de Inteligencia –una iniciativa que el Presidente anunció en marzo pasado–, que se cree una agencia de investigaciones federales y que se conforme un archivo histórico. Parte de lo que se demanda también tiene que ver con lo que la causa AMIA fue la demostración cabal –las relaciones espurias entre espías y jueces–. Memoria Activa y el CELS reclaman que se regule cómo se incorpora información de inteligencia a un expediente judicial.

“El reconocimiento fue muy importante porque el Estado argentino nos dio la razón en todas las violaciones que planteamos”, evaluó Litvachky después de la audiencia. “El caso AMIA debe pasar a ser un tema importante para el Estado en general -amplió-. Las medidas que le reclamó la Corte-IDH son fundamentales porque van al corazón de la discusión sobre el funcionamiento de la Justicia argentina, su relación con los servicios de inteligencia y el acceso a la información.

/Página12.

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Gobierno anunció que las prepagas deberán retrotraer los aumentos superiores a la inflación

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El vocero Manuel Adorni anunció que por una resolución del Ministerio de Economía las principales empresas de medicina prepaga deberán “retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre de 2023 ajustadas desde allí por el índice de precios al consumidor”. 

El Gobierno finalmente intervino en el tema de los aumentos de la medicina prepaga, tras varias amenazas al respecto y en un reconocimiento del rol del Estado para regular al mercado. El vocero Manuel Adorni informó que el Ministerio de Economía dictó una “medida de cautela anticipada” y que las principales empresas deberán “retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre de 2023 ajustadas desde allí por el Índice de Precios al Consumidor”.

Adorni añadió que la decisión se tomó tras una denuncia por presunta cartelización y agregó que la Superintendencia de Salud presentará una medida cautelar para obligar a las empresas a retrotraer el valor de las cuotas y “devolver el monto por encima de la inflación que cobraron desde diciembre”.

“Mientras no exista la presunción de cartelización pueden hacer lo que gusten”, dijo el vocero ante la pregunta sobre si este mismo tipo de política puede aplicarse a otras empresas, como las de telecomunicaciones.

En esa línea, defendió el decreto de necesidad y urgencia 70/2023, que avaló los aumentos desmedidos en las prepagas. “El DNU no invita a cometer ilegalidades, invita a actuar en libertad, no a cartelizarse”, planteó y repitió: “Nosotros promovemos la libertad de mercado”.

Hace unos días, el ministro de Economía, Luis Caputo, había asegurado que “las prepagas le están declarando la guerra a la clase media” con los aumentos desmedidos, por lo que había señalado que desde el Gobierno iban a hacer “todo lo que esté al alcance” para

Avaladas por el megaDNU de Milei, las compañías subieron cerca de 200 por ciento sus precios en cuatro meses sin ningún control de parte del Gobierno.A eso se le sumó que la Secretaría de Comercio derogó una resolución que exigía un informe periódico a las empresas de medicina privada sobre el valor de las cuotas.

Mientras tanto, en la Justicia se acumulan las denuncias y pedidos de amparos contras los aumentos desmedidos.

El detalle de las medidas contra la suba de las prepagas

La Secretaría de Industria y Comercio informó este miércoles que dictó una “medida de tutela anticipada” que obliga a un grupo de empresas de medicina prepaga -que representa el 75% de los afiliados- a reajustar a partir de la próxima facturación los valores de las cuotas de sus planes de salud a diciembre de 2023, ajustado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Según la información oficial, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) determinó, de forma preliminar, que “existen indicios sólidos de un acuerdo colusivo entre las empresas de medicina prepaga”.

“Los efectos inmediatos de este supuesto accionar es el aumento cuasi uniforme en los precios de los planes”, alertó la CNCD, que emitió un dictamen aconsejando al Secretario de Industria y Comercio del Ministerio de Economía la adopción de una medida cautelar, que faculta a esa Secretaría “imponer el cumplimiento de condiciones u ordenar el cese de conductas con el objetivo de evitar que se produzca un daño, o disminuir su magnitud, su continuación o agravamiento”.

El dictamen sostiene que “siete empresas de medicina prepaga, la confederación que las agrupa y la persona que preside la misma”, deben cumplir con los siguientes requerimientos:

  • Por el plazo de seis meses, los valores de las cuotas de los planes de salud médico-asistenciales a ser cobradas no podrán superar al siguiente cálculo: la cuota del plan de salud médico asistencial de diciembre de 2023 multiplicada por 1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente.
  • Cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial.
  • La medida preventiva ordena además a las compañías de medicina prepaga a presentar información a la CNDC sobre precios nominales de cada plan de salud ofrecido, ingresos obtenidos por cada plan de salud y cantidad de afiliados en cada uno de los planes.

El Gobierno detalló además que las personas investigadas por la CNDC y alcanzadas por la medida cautelar son las empresas de medicina prepaga Galeno Argentina, Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil, Hospital Alemán Asociación Civil, Medifé Asociación Civil, Swiss Medical, Omint, OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios; la Unión Argentina de Salud (UAS) y Claudio Belocopitt, “en su doble carácter de presidente de la firma Swiss Medical y de la UAS”.

La investigación en curso se realizó a partir de una denuncia por parte de legisladores de la Coalición Cívica por cartelización en los términos de la Ley de Defensa de la Competencia, en virtud del aumento coordinado de los precios de los planes de medicina prepaga.

@Página12.

/Imagen principal: Archivo/

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AFIP: cuánto es el monto mínimo para informar transferencias de inmuebles y vehículos.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos para solicitar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI), basándose en el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) del Instituto de Estadística y Censos (INDEC).

Estos nuevos valores aplican a operaciones de compraventa de vehículos nuevos y usados, así como para transferencias de inmuebles. La utilización del IPC es una novedad, introducida por primera vez en mayo de 2023 mediante la Resolución General 5362/2023, que establece una actualización anual con efecto a partir del 1 de abril de cada año.

AFIP: el nuevo monto para informar transferencias de inmuebles y vehículos

En el caso del CETA, será requerido si el precio de venta o su valor, según una tabla de valuaciones, supera los $10.919.766. Para vehículos usados, la intermediación y compraventa deben ser informadas a partir de $2.669.276, y para motovehículos, desde $1.091.977.

Por otra parte, el COTI debe obtenerse si el precio o la base imponible superan o alcanzan los $22.810.177.

@Ámbito

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Aumentan hasta $10 millones la multa para infractores: los motivos y a qué se aplica.

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La Comisión Nacional de Valores(CNV) aumentó las multas para aquellas infracciones contempladas en la “Grilla de Conductas Infractoras pasibles de Procedimiento Sumarial Abreviado”.

Según la Resolución 998/2024 publicada en el Boletín Oficial, el apercibimiento no podría ser superior a los 10 millones de pesos que corresponde al denominado “derecho administrativo sancionador” que es de naturaleza preventiva.

Según explica el organismo regulador, la finalidad del “componente punitivo” que le es propio es accesorio o auxiliar del orden y desarrollo en la gestión en las materias que son propias de la autoridad administrativa, y constituye un complemento de las atribuciones de reglamentación y aplicación delegadas por la ley a las agencias administrativas; el contenido del injusto administrativo y la finalidad de la sanción resultan inseparables de la finalidad de tales regulaciones por cuanto la sanción es conminada para asegurar su cumplimiento” (Alejandro Nieto “Derecho Administrativo Sancionador”. Editorial Tecnos, Madrid, 2005).

La finalidad de la sanción no es correctiva sino ejemplificadora, preventiva o disuasiva, para evitar que en el futuro se incurra en conductas similares, debiéndose contemplar, en el caso particular de la sanción de multa, que el monto que se prevea sea apropiado a fin de alcanzar un efecto persuasivo que logre en los sujetos regulados el máximo deber de diligencia en el cumplimiento de las normas.

CNV: qué se tomará en consideración para aplicar la multa

A fin de graduar el monto de la multa a ser aplicada, se tomarán en consideración las siguientes pautas de graduación:

a) Las establecidas por el artículo 133 de la Ley N° 26.831.

b) La cantidad de conductas reconocidas que configuren infracciones.

c) Si existió subsanación respecto de los incumplimientos.

d) La adopción, por parte de los sumariados, de medidas tendientes a subsanar las infracciones que motivaron la instrucción del sumario”.

También se aclara que la presente Resolución General entrará en vigencia a partir del 18 de abril.

@Ámbito

/Fuente de imagen: Ámbito

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