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Política & Economía Nacional

Mauricio Macri quedó en el centro de las investigaciones por el espionaje ilegal.

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A contramano de los intereses de Mauricio Macri, el tema del espionaje durante su gobierno volvió a resurgir. Un fiscal lo imputó por lo que describió como un plan sistemático organizado desde las altas esferas del Estado para lograr objetivos políticos y personales. Entre esos objetivos personales estaba vigilar a su hermana menor, Florencia. Entre los políticos, espiar a la principal líder de la entonces oposición, Cristina Fernández de Kirchner. Pero no solo eso: Macri sabe que está en tiempo de descuento para que la Casación defina si confirma el sobreseimiento que consiguió en julio de la mano de los camaristas Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia en el caso del espionaje a las familias del ARA San Juan. En las últimas horas, se presentó el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en calidad de amicus curiae para decirles a los casadores que tienen una oportunidad única para definir qué es inteligencia ilegal y pedirles que dejen sin efecto ese fallo que benefició al expresidente, a las máximas autoridades de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) y a los espías que siguieron a los familiares de los 44 submarinistas.

Los integrantes de la Sala II de Casación, Carlos Mahiques, Guillermo Yacobucci y Ángela Ledesma, son quienes deben revisar la situación de Macri en la causa del espionaje a las familias del ARA San Juan. Tanto las querellas como la fiscalía recurrieron la decisión de Llorens, Bertuzzi y Bruglia de sobreseer a Macri y al resto de los imputados. El argumento que había dado la Sala I de la Cámara Federal porteña –eje de los cuestionamientos esta semana tras excarcelar a los integrantes de Revolución Federal– fue que la AFI efectivamente espió a los parientes de los marinos pero que lo hizo porque estaba en riesgo la seguridad del entonces presidente.

Para el CELS, la decisión de la Sala I funciona como una habilitación para la “intolerable producción de inteligencia” sobre un grupo de víctimas que peticionaban a las autoridades y protestaban por el accionar del Estado nacional. En ese sentido, el CELS entiende que el trío del segundo piso de Comodoro Py puso en cuestión derechos especialmente protegidos como la protesta y la vida privada.

Para el organismo, no está en discusión que la AFI puede intervenir en situaciones de riesgo para la seguridad presidencial en tanto estén vinculadas a un problema de seguridad nacional o de protección al orden constitucional. “Pero no puede identificar como riesgo habilitante aquellos que solo importan alguna afectación a la rutina presidencial como consecuencia de peticiones o protestas”, remarca en el escrito al que accedió Página/12. Una carta blanca como dio la Cámara Federal implicaría que los organismos de inteligencia puedan investigar, por ejemplo, a periodistas que van a entrevistar al presidente o a las familias de los mecánicos que se ocupan del avión presidencial.

La delegación Mar del Plata de la AFI espió a los familiares que querían saber qué había pasado con el submarino de la Armada Argentina porque reclamaban en las calles, porque buscaban acercarse a dejarle una carta a Macri mientras jugaba al golf o porque iban a tener una reunión en la Casa Rosada. Eso pudo reconstruirse a partir de los informes que encontró en 2020 la entonces interventora Cristina Caamaño y que el juez Martín Bava analizó en el juzgado federal de Dolores para procesar a Macri y compañía.

“El contenido de los informes se refería a las expresiones y los reclamos de los familiares de las víctimas: nunca un contenido de expresión puede poner en riesgo la seguridad presidencial”, apuntó el CELS en línea contraria al fallo de Llorens, Bertuzzi y Bruglia –que pidió que sea descalificado por la Sala II de la Casación. “La Cámara incumplió una obligación de control propia fijando un estándar que convierte en letra muerta a la ley que prohíbe la inteligencia ilegal”, sostuvieron desde el organismo de derechos humanos.

Consultada por este diario, la abogada querellante Valeria Carreras celebró la presentación del CELS. “La intervención de tan prestigioso centro de estudios viene a dar a las víctimas y a la sociedad la pauta de la gravedad institucional que significa para todos los argentinos no solo el espionaje ilegal perpetrado sobre víctimas que represento sino la obscenidad judicial con la cual se ha pretendido justificar las tareas de inteligencia y, de ese modo, sobreseer a los procesados”, dijo Carreras, quien resaltó que con el fallo de la Cámara todos los habitantes argentinos quedan a expensas de los servicios de inteligencia.

Un plan sistemático

Macri, a través de su abogado Pablo Lanusse, había pedido que la Casación resuelva rápido el tema del ARA San Juan. El espionaje volvió a la agenda de la mano de integrantes de Juntos por el Cambio. Primero fue Facundo Manes quien recordó cierta fascinación del líder del PRO para monitorear a propios y ajenos. Después fue Elisa Carrió quien dijo que nunca la habían perseguido como en su propio gobierno, llegando a dañar a su familia.

En ese escenario, se inscribió la nueva imputación que le llegó a Macri de la mano del fiscal Franco Picardi por el plan sistemático de espionaje –una calificación que ya había empleado la Comisión Bicameral de Inteligencia (CBI) en su informe de abril de 2021–.

Para Picardi, la inteligencia ilegal fue parte de la gestión de Cambiemos. Macri puso al frente de la AFI a un amigo suyo, Gustavo Arribas. A partir de 2016, aumentó el presupuesto del organismo de inteligencia, todo se volvió secreto a partir del decreto 656 y hubo una discrecionalidad total para el uso de los gastos reservados –que la historia argentina reciente muestra que se usaron, por ejemplo, para pagar una declaración para desviar la investigación del atentado a la AMIA–,

En simultáneo con la opacidad se dieron cambios en la estructura orgánica de la AFI: los lugares claves se llenaron de amigos de Arribas, lo que impedía que los agentes –en el supuesto caso de no estar de acuerdo con las prácticas– denunciaran. En esa etapa, dice el fiscal, hubo producción de informaciones vinculadas a las actividades económicas y electorales de Arribas y Macri. Por ejemplo, se siguió al periodista de La Nación Hugo Alconada Mon, que seguía la vinculación del jerarca de la AFI con el caso Odebrecht o que investigó la vinculación de Macri con los Panama Papers.

Algunos de los rasgos del espionaje pueden reconstruirse a partir de más de una docena de causas que hay en los tribunales federales, que suelen avanzar cuando están lejos de Comodoro Py:

  • Hubo espionaje político. Eso se ve en el expediente de los Súper Mario Bros, cuyo núcleo originario lo conformaron policías de la Ciudad que pasaron a la AFI en comisión. Estos espías no solo reportaban a sus superiores en la estructura de inteligencia, sino que también le hacían llegar información a una funcionaria macrista, Susana Martinengo;
  • Se usaron las cumbres internacionales, como las de la Organización Mundial del Comercio (OMC) o G20 como pantallas para hacer actividades prohibidas.
  • Le dejaron un artefacto explosivo a un funcionario del Ministerio de Defensa con quien evidentemente no comulgaban;
  • Se espió a las personas privadas de su libertad en las cárceles federales pero también se “cableó” una alcaidía provincial por si se detenía a Hugo y Pablo Moyano;
  • Jueces provinciales como Luis Carzoglio o Gabriel Vitale denunciaron que recibían visitas de jerarcas de la AFI para “interesarse” por las causas que tenían contra los dirigentes de Camioneros;
  • Los Súper Mario Bros confesaron que hicieron espionaje en el Hospital Posadas;
  • Se armaron causas contra sindicalistas, como acreditó el juez Ernesto Kreplak en la investigación sobre la “Gestapo”. Para el magistrado, la persecución sobre Juan Pablo “Pata” Medina tuvo su punto de largada después de una reunión en la Casa Rosada en la que estuvieron Arribas y Macri. El expediente puede mudarse en cualquier momento a los tribunales de Retiro porque está a estudio de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.
  • Hubo una estructura paralela de inteligencia con terminales en la AFI, el Ministerio de Seguridad y el Ministerio Público que salió a la luz tras la detención de Marcelo Sebastián D’Alessio y la investigación que impulsó el juez Alejo Ramos Padilla.
  • Entre 2016 y 2017, la AFI triplicó su presencia en la provincia de Buenos Aires. De tres bases pasó a tener nueve en lo que se conoció como “Proyecto AMBA”, que se dedicó a espiar comedores populares, organizaciones sociales y los actos que protagonizaba CFK como parte de la campaña de Unidad Ciudadana.
  • Se pincharon correos de referentes políticos y de periodistas.
  • Se espió a los familiares del submarino ARA San Juan, que le reclamaban respuestas al Estado en un tema que atraía la atención internacional.

“El dictamen de Picardi es impecable”, evalúa Leopoldo Moreau, presidente de la CBI. “Corrobora la existencia de un plan sistemático de espionaje y es un cachetazo a la versión canallesca de la Sala I de la Cámara Federal que pretendió engañar a todos los argentinos diciendo que se trataba de un grupo de cuentapropistas”, dice el diputado del Frente de Todos. “En definitiva, el dictamen vuelve a poner en el centro de la escena a Macri a pesar de los esfuerzos que hacen desde la justicia PRO”, completa.

El juez Marcelo Martínez de Giorgi deberá decidir si avanza con las medidas de investigación que pidió Picardi, que incluyen, por ejemplo, conocer las comunicaciones de Macri. La Cámara viene –particularmente de la mano de Llorens– reclamando que se miren todas las causas en conjunto. Picardi hizo ese ejercicio. Sin embargo, el tribunal lo reclama en las causas en que la vicepresidenta es imputada. La duda es si tendrá la misma mirada en los expedientes en los que es víctima.

Una práctica antidemocrática

En simultáneo, el fiscal Picardi le pidió a Martínez de Giorgi que eleve a juicio la causa por el espionaje contra CFK, que se instruyó en Lomas de Zamora y llegó con los procesamientos confirmados por la Cámara Federal de La Plata –lo que evitó que el tribunal de apelaciones de Comodoro Py pudiera meter la cuchara en el expediente para desbaratar la investigación–. En ese expediente están acusados Arribas, Silvia Majdalani, el exdirector operacional de Contrainteligencia Martín Coste y el exdirector de Operaciones Especiales Alan Ruiz.

Entre julio y agosto de 2018, la AFI espió a CFK: puso hombres, autos y cámaras para vigilar qué hacía en su casa de Juncal y Uruguay –el mismo lugar donde intentaron asesinarla dos meses atrás– y en el Instituto Patria, su búnker político. El espionaje terminó porque los trabajadores del Patria advirtieron la presencia de un auto extraño y un efectivo de la Policía de la Ciudad les pidió a sus ocupantes que se identificaran. El coche salió dando la vuelta en “U” por la calle Rodríguez Peña. Según declararon los espías ante los fiscales Cecilia Incardona y Santiago Eyherabide, les habían ordenado que reportaran con quiénes se reunía CFK y si se sacaban bolsos, bolsas o mochilas. La vigilancia fue contemporánea con el “nacimiento” de la causa de los cuadernos.

Después de que los descubrieran, siguieron las maniobras para justificar el espionaje con documentación falsa. En un expediente que se llamaba “caso Avanti” –probablemente por la canción Avanti morocha con la que la militancia viva a CFK–, Alan Ruiz se dedicó a inventar actuaciones para darle apariencia de legalidad a la vigilancia. Las explicaciones fueron múltiples: que estaban haciendo tareas en una causa que se abrió por las cumbres internacionales, que hubo una amenaza de bomba en el Patria o que se enteraron en una plaza de Avellaneda que los anarquistas querían atentar contra CFK.

Para el fiscal, la maniobra de espionaje sobre la entonces principal líder de la oposición fue una “franca violación y restricción al libre ejercicio de derechos políticos, propio de toda sociedad democrática”. Habrá que ver si ese caso llega a elevarse o queda en la nada como suele suceder en los tribunales de Retiro.

/Página12.

Política & Economía Nacional

Gobierno anunció que las prepagas deberán retrotraer los aumentos superiores a la inflación

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El vocero Manuel Adorni anunció que por una resolución del Ministerio de Economía las principales empresas de medicina prepaga deberán “retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre de 2023 ajustadas desde allí por el índice de precios al consumidor”. 

El Gobierno finalmente intervino en el tema de los aumentos de la medicina prepaga, tras varias amenazas al respecto y en un reconocimiento del rol del Estado para regular al mercado. El vocero Manuel Adorni informó que el Ministerio de Economía dictó una “medida de cautela anticipada” y que las principales empresas deberán “retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre de 2023 ajustadas desde allí por el Índice de Precios al Consumidor”.

Adorni añadió que la decisión se tomó tras una denuncia por presunta cartelización y agregó que la Superintendencia de Salud presentará una medida cautelar para obligar a las empresas a retrotraer el valor de las cuotas y “devolver el monto por encima de la inflación que cobraron desde diciembre”.

“Mientras no exista la presunción de cartelización pueden hacer lo que gusten”, dijo el vocero ante la pregunta sobre si este mismo tipo de política puede aplicarse a otras empresas, como las de telecomunicaciones.

En esa línea, defendió el decreto de necesidad y urgencia 70/2023, que avaló los aumentos desmedidos en las prepagas. “El DNU no invita a cometer ilegalidades, invita a actuar en libertad, no a cartelizarse”, planteó y repitió: “Nosotros promovemos la libertad de mercado”.

Hace unos días, el ministro de Economía, Luis Caputo, había asegurado que “las prepagas le están declarando la guerra a la clase media” con los aumentos desmedidos, por lo que había señalado que desde el Gobierno iban a hacer “todo lo que esté al alcance” para

Avaladas por el megaDNU de Milei, las compañías subieron cerca de 200 por ciento sus precios en cuatro meses sin ningún control de parte del Gobierno.A eso se le sumó que la Secretaría de Comercio derogó una resolución que exigía un informe periódico a las empresas de medicina privada sobre el valor de las cuotas.

Mientras tanto, en la Justicia se acumulan las denuncias y pedidos de amparos contras los aumentos desmedidos.

El detalle de las medidas contra la suba de las prepagas

La Secretaría de Industria y Comercio informó este miércoles que dictó una “medida de tutela anticipada” que obliga a un grupo de empresas de medicina prepaga -que representa el 75% de los afiliados- a reajustar a partir de la próxima facturación los valores de las cuotas de sus planes de salud a diciembre de 2023, ajustado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Según la información oficial, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) determinó, de forma preliminar, que “existen indicios sólidos de un acuerdo colusivo entre las empresas de medicina prepaga”.

“Los efectos inmediatos de este supuesto accionar es el aumento cuasi uniforme en los precios de los planes”, alertó la CNCD, que emitió un dictamen aconsejando al Secretario de Industria y Comercio del Ministerio de Economía la adopción de una medida cautelar, que faculta a esa Secretaría “imponer el cumplimiento de condiciones u ordenar el cese de conductas con el objetivo de evitar que se produzca un daño, o disminuir su magnitud, su continuación o agravamiento”.

El dictamen sostiene que “siete empresas de medicina prepaga, la confederación que las agrupa y la persona que preside la misma”, deben cumplir con los siguientes requerimientos:

  • Por el plazo de seis meses, los valores de las cuotas de los planes de salud médico-asistenciales a ser cobradas no podrán superar al siguiente cálculo: la cuota del plan de salud médico asistencial de diciembre de 2023 multiplicada por 1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente.
  • Cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial.
  • La medida preventiva ordena además a las compañías de medicina prepaga a presentar información a la CNDC sobre precios nominales de cada plan de salud ofrecido, ingresos obtenidos por cada plan de salud y cantidad de afiliados en cada uno de los planes.

El Gobierno detalló además que las personas investigadas por la CNDC y alcanzadas por la medida cautelar son las empresas de medicina prepaga Galeno Argentina, Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil, Hospital Alemán Asociación Civil, Medifé Asociación Civil, Swiss Medical, Omint, OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios; la Unión Argentina de Salud (UAS) y Claudio Belocopitt, “en su doble carácter de presidente de la firma Swiss Medical y de la UAS”.

La investigación en curso se realizó a partir de una denuncia por parte de legisladores de la Coalición Cívica por cartelización en los términos de la Ley de Defensa de la Competencia, en virtud del aumento coordinado de los precios de los planes de medicina prepaga.

@Página12.

/Imagen principal: Archivo/

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AFIP: cuánto es el monto mínimo para informar transferencias de inmuebles y vehículos.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos para solicitar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI), basándose en el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) del Instituto de Estadística y Censos (INDEC).

Estos nuevos valores aplican a operaciones de compraventa de vehículos nuevos y usados, así como para transferencias de inmuebles. La utilización del IPC es una novedad, introducida por primera vez en mayo de 2023 mediante la Resolución General 5362/2023, que establece una actualización anual con efecto a partir del 1 de abril de cada año.

AFIP: el nuevo monto para informar transferencias de inmuebles y vehículos

En el caso del CETA, será requerido si el precio de venta o su valor, según una tabla de valuaciones, supera los $10.919.766. Para vehículos usados, la intermediación y compraventa deben ser informadas a partir de $2.669.276, y para motovehículos, desde $1.091.977.

Por otra parte, el COTI debe obtenerse si el precio o la base imponible superan o alcanzan los $22.810.177.

@Ámbito

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Aumentan hasta $10 millones la multa para infractores: los motivos y a qué se aplica.

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La Comisión Nacional de Valores(CNV) aumentó las multas para aquellas infracciones contempladas en la “Grilla de Conductas Infractoras pasibles de Procedimiento Sumarial Abreviado”.

Según la Resolución 998/2024 publicada en el Boletín Oficial, el apercibimiento no podría ser superior a los 10 millones de pesos que corresponde al denominado “derecho administrativo sancionador” que es de naturaleza preventiva.

Según explica el organismo regulador, la finalidad del “componente punitivo” que le es propio es accesorio o auxiliar del orden y desarrollo en la gestión en las materias que son propias de la autoridad administrativa, y constituye un complemento de las atribuciones de reglamentación y aplicación delegadas por la ley a las agencias administrativas; el contenido del injusto administrativo y la finalidad de la sanción resultan inseparables de la finalidad de tales regulaciones por cuanto la sanción es conminada para asegurar su cumplimiento” (Alejandro Nieto “Derecho Administrativo Sancionador”. Editorial Tecnos, Madrid, 2005).

La finalidad de la sanción no es correctiva sino ejemplificadora, preventiva o disuasiva, para evitar que en el futuro se incurra en conductas similares, debiéndose contemplar, en el caso particular de la sanción de multa, que el monto que se prevea sea apropiado a fin de alcanzar un efecto persuasivo que logre en los sujetos regulados el máximo deber de diligencia en el cumplimiento de las normas.

CNV: qué se tomará en consideración para aplicar la multa

A fin de graduar el monto de la multa a ser aplicada, se tomarán en consideración las siguientes pautas de graduación:

a) Las establecidas por el artículo 133 de la Ley N° 26.831.

b) La cantidad de conductas reconocidas que configuren infracciones.

c) Si existió subsanación respecto de los incumplimientos.

d) La adopción, por parte de los sumariados, de medidas tendientes a subsanar las infracciones que motivaron la instrucción del sumario”.

También se aclara que la presente Resolución General entrará en vigencia a partir del 18 de abril.

@Ámbito

/Fuente de imagen: Ámbito

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