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Política & Economía Nacional

Presentaron dos proyectos para tipificar como delito la figura de la violencia digital.

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La diputada del Frente de Todos Mónica Macha, junto a la ministra de Mujeres y Diversidad Elizabeth Gómez Alcorta, el espacio de víctimas “Ley Olimpia Argentina” y la organización Género y TIC, presentó este lunes dos proyectos de reforma del Código Penal y de la ley Violencia de Género, para tipificar como delito la figura de la violencia digital.

Se trata de dos proyectos, uno denominado ley Olimpia, en reconocimiento a la activista mexicana Olimpia Coral Melo, que propone reformar la ley de Género, y otro denominado Belén, inspirada el caso de Belén San Román, quien fue inducida al suicidio luego de sufrir difusión no consentida de material íntimo.

La presentación se realizó durante un acto en el edifico anexo de la Cámara de Diputados, con la asistencia de la ministra de Mujeres, Elizabeth Gómez Alcorta; la activista mexicana Olimpia Coral Melo; el padre de Belén, Marcelo San Román; Florencia Zerda, del grupo Gentic; Paula García Rey, de Amnistía Internacional; y la Defensora del Público, Miriam Lewin

“Debemos trabajar sobre la violencia digital, entendiéndola como una forma de violencia para las mujeres”, dijo Macha al abrir el acto y destacó que uno de los proyectos propone incorporarla “como un delito en el Código Penal”.

Esto permitirá “tener la evidencia digital como un delito, ya que implica, para quienes filmen o graben sin autorización cuerpos de mujeres en una situación de intimidad, sean sancionados, así como para los que quienes lo suban a las redes y para quienes lo difundan”, sostuvo.

Las sanciones se agravarán cuando los responsables sean exparejas, o si la víctima es una menor de edad, o cuando se la utilizó con fines de lucro, agregó.

Uno de los proyectos se llama Belén “porque queremos honrar a la joven de Bragado víctima de la violencia digital porque su ex pareja tomó la decisión de subir su imagen sin consentimiento”, detalló.

“Hay una responsabilidad compartida” entre quienes tomaron la decisión de publicar la imagen y quienes la difundieron, añadió.

Asimismo, dijo que la ley Olimpia “busca incluir a la violencia digital como otra tipología de violencia de género, que es muestra ley madre” y que se podrán generar accionar “para trabajar en la prevención en todos los ámbitos”.

A su vez, se manifestó “muy optimista en que se puedan “construir los consensos para poder sancionar estos proyectos” .

En tanto, la ministra Gómez Alcorta felicitó a Macha “por tomar esta bandera que es indispensable para esta época, ya que es una necesidad y hay una vacancia de parte del Estado sobre una realidad que empezó a dejar como en otras ocasiones de estar en el ámbito privado

La violencia de género en entornos digitales es uno de los grandes temas de esta época de la agenda, pero el Estado viene atrás de las necesidades y ustedes saben que las violencia por motivo de género se le empezó a poner nombre a eso, y eso que empezó siendo violencia contra la mujer era la violencia domestica”, señaló.

La funcionaria agregó que, con las normas vigentes, una extorsión es una extorsión, y no importa el medio, pero, como suele suceder en los temas de violencia de género, cuesta mucho que los funcionarios judiciales o estatales tengan capacidad de escuchar que en esta práctica hay una extorsión a las mujeres y a los colectivos LTGBI”.

En tanto, una de las principales expositoras, la mexicana activista Olimpia Coral Melo, señaló que “este no es un tema de un partido político, es un tema en donde deberíamos llenar no solamente estos Congresos y auditorios, aquí deberían haber estado todos los diputados y diputadas, que hagan a un lado su machismo y su misoginia“.

De nada nos sirve que un diputado levante la mano por la Ley Olimpia o Ley Belén si tienen en sus celulares nuestros cuerpos desnudos“, agregó.

Asimismo hizo hincapié que “cada vez que -diputados, medios de comunicación y hombres en general- difunden una fotografías nuestras, violan nuestros cuerpos” y aclaró “no necesitan tener nuestros cuerpos desnudos físicos para violarnos”.

Por su parte, Florencia Zerda, autora del libro Violencia de Género Digital, señalo que “desde el feminismo no solo buscamos la punibilidad de las conductas, hay que trabajar con políticas publicas educativas, pero en el mientras tanto no podemos dejar que las víctimas sigan sufriendo las consecuencias que sufren”, destaca la abogada.

“Se han presentado mas de 25 proyectos en el Congreso para penalizar la difusión sin consentimiento del material intimo y ninguna prosperó y eso es una locura”, agregó y señaló que la ONU pidió a la Argentina “que saque leyes acordes con este tema y con perspectiva de género”

Por su parte, el padre de Belén, Marcelo San Román, dijo que “es difícil hablar desde el dolor y honrar la memoria de mi hija” y que es necesario aprobar una ley para que esto “no le pase a ninguna otra chica”

La viralización causa mucho daño psicológico y mi hija no soportó ver su cuerpo e identidad en diferentes redes“, agregó.

Durante el acto también expusieron víctimas de la violencia digital y la representante de Amnistía Internacional, Paula García Rey.

El proyecto de la denominada “Ley Belén” busca la incorporación al Código Penal Argentino de los delitos de obtención y difusión no consentida de material íntimo y/o de desnudez, de los “porn deep fake” y de la llamada “sextorsión”.

Establece que “se aplicará prisión de tres meses a dos años y el doble de la multa establecida en el artículo 155° a quien, por cualquier medio, sin autorización de la víctima o mediando engaño, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme o elabore, documentos con contenidos de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas”.

Asimismo, dispone que “se aplicará prisión de tres meses a tres años y el doble de la multa establecida en el párrafo anterior a quien por cualquier medio, y sin autorización de la víctima, difunda, publique, envíe o de cualquier manera ponga al alcance de terceros los documentos referidos en el párrafo anterior obtenidos con o sin mediar su consentimiento”.

Según el texto, las penas se aumentarán en un tercio cuando el delito lo comete una persona mediante violencia de género, o si el hecho se comete con fines de lucro; o por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión o contra una persona menor de edad.

“LA LEY OLIMPIA ES UN MOVIMIENTO POLÍTICO EN AMÉRICA LATINA”, SOSTUVO LA ACTIVISTA CORAL MELO

La activista mexicana contra la violencia digital Olimpia Coral Melo dijo este lunes que la ley Olimpia es “un movimiento político” en América Latina para que las mujeres y las niñas puedan “estar seguras también en internet”.

Así se expresó al participar de la presentación de dos proyectos de ley contra la violencia de género digital en la Argentina, que tuvo lugar este lunes, desde las 17, en la Cámara de Diputados de la Nación.

Coral Melo también expresó que esta ley es en honor a Belén San Román, la policía argentina de 26 años que se quitó la vida luego de que su expareja viralizara un video íntimo, y cuyo padre, Marcelo, estaba este lunes en el Congreso.

Busquen en internet mujeres desnudas de Argentina y van a encontrar 2.400 mercados de explotación tan solo en Buenos Aires, y en toda la Argentina 30 mil mercados de explotación sexual, 98.2% de ella son víctimas mujeres perpetuadas por hombres“, arrojó la referente mexicana contra la violencia digital.

La presentación de los proyectos “Ley Olimpia” y “Ley Belén” fue encabezada por la diputada nacional Mónica Macha y la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad Elizabeth Gómez Alcorta.

En tanto, Coral Melo agregó que “este no es un tema de un partido político, es un tema en donde deberíamos llenar no solamente estos Congresos y auditorios, aquí deberían haber estado todos los diputados y diputadas, que hagan a un lado su machismo y su misoginia”.

De nada nos sirve que un diputado levante la mano por la Ley Olimpia o Ley Belén si tienen en sus celulares nuestros cuerpos desnudos“, agregó.

Asimismo hizo hincapié que “cada vez que -diputados, medios de comunicación y hombres en general- difunden una fotografias nuestras, violan nuestros cuerpos” y aclaró “no necesitan tener nuestros cuerpos desnudos físicos para violarnos”.

En ese punto destacó que “lo virtual es real, existe y daña“, al hacer referencia al hashtag de la campaña de concientización que inició en México a partir de su experiencia personal.

En México, recordó, iniciaron la lucha en 2013 y recién se aprobó la ley Olimpia en el 2018 : “Estuvimos cinco años diciéndole a los diputados ‘lo virtual es real'”, añadió.

Olimpia también recordó en detalle cómo fue su caso como víctima de violencia digital, y que intentó suicidarse tres veces por este motivo.

En ese aspecto señaló que hoy “ya no soy Olimpia la de ese video sexual, hoy soy Olimpia la de la Ley Olimpia” y destacó: “a mi me hicieron justicia todos y todas ustedes porque cuando a mi me pasó eso no era un delito” y agradeció estar en Argentina por esta causa.

El miedo cambió de bando y no vamos a permitir que vuelva a pasarle a una más”, añadió, y le entregó a la diputada Macha 27.000 firmas de personas de la Argentina.

De la presentación participaron también, entre otras personas, mujeres del Grupo Ley Olimpia Argentina, quienes relataron sus casos personales para mostrar el “gran daño” que provoca la violencia de género digital, y destacaron a Olimpia Coral Melo como referente en esta lucha.

Melo es una activista mexicana que fue víctima a los 18 años de la difusión de un video sexual por parte de una expareja, que se viralizó sin su consentimiento.

Cuando Olimpia buscó acceder a la justicia, las autoridades concluyeron que no había delito que perseguir y, a partir de este hecho, luchó por la modificación de normativas que sancionen delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales.

Fue seleccionada por la revista Time como una de las 100 personas más influyentes de 2021 por su liderazgo en el combate al acoso sexual cibernético.

La “Ley Olimpia” no se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia.

Olimpia fundó el Frente Nacional para la Sororidad, y el sitio defensorasdigitales.org cuyo objetivo principal es la prevención, acción e incidencia sobre la violencia digital.

En tanto, desde Defensoras Digitales brindan capacitaciones a escuelas e instituciones públicas y privadas a fin de crear espacios seguros en internet.

Según detallaron en su sitio web, su objetivo principal es promover, proteger y garantizar el derecho a las personas a una vida cibernética libre de violencia basada en la protección de la dignidad y de los Derechos Humanos, además de difundir y promover la cultura digital con perspectiva de género.

Política & Economía Nacional

Gobierno anunció que las prepagas deberán retrotraer los aumentos superiores a la inflación

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El vocero Manuel Adorni anunció que por una resolución del Ministerio de Economía las principales empresas de medicina prepaga deberán “retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre de 2023 ajustadas desde allí por el índice de precios al consumidor”. 

El Gobierno finalmente intervino en el tema de los aumentos de la medicina prepaga, tras varias amenazas al respecto y en un reconocimiento del rol del Estado para regular al mercado. El vocero Manuel Adorni informó que el Ministerio de Economía dictó una “medida de cautela anticipada” y que las principales empresas deberán “retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre de 2023 ajustadas desde allí por el Índice de Precios al Consumidor”.

Adorni añadió que la decisión se tomó tras una denuncia por presunta cartelización y agregó que la Superintendencia de Salud presentará una medida cautelar para obligar a las empresas a retrotraer el valor de las cuotas y “devolver el monto por encima de la inflación que cobraron desde diciembre”.

“Mientras no exista la presunción de cartelización pueden hacer lo que gusten”, dijo el vocero ante la pregunta sobre si este mismo tipo de política puede aplicarse a otras empresas, como las de telecomunicaciones.

En esa línea, defendió el decreto de necesidad y urgencia 70/2023, que avaló los aumentos desmedidos en las prepagas. “El DNU no invita a cometer ilegalidades, invita a actuar en libertad, no a cartelizarse”, planteó y repitió: “Nosotros promovemos la libertad de mercado”.

Hace unos días, el ministro de Economía, Luis Caputo, había asegurado que “las prepagas le están declarando la guerra a la clase media” con los aumentos desmedidos, por lo que había señalado que desde el Gobierno iban a hacer “todo lo que esté al alcance” para

Avaladas por el megaDNU de Milei, las compañías subieron cerca de 200 por ciento sus precios en cuatro meses sin ningún control de parte del Gobierno.A eso se le sumó que la Secretaría de Comercio derogó una resolución que exigía un informe periódico a las empresas de medicina privada sobre el valor de las cuotas.

Mientras tanto, en la Justicia se acumulan las denuncias y pedidos de amparos contras los aumentos desmedidos.

El detalle de las medidas contra la suba de las prepagas

La Secretaría de Industria y Comercio informó este miércoles que dictó una “medida de tutela anticipada” que obliga a un grupo de empresas de medicina prepaga -que representa el 75% de los afiliados- a reajustar a partir de la próxima facturación los valores de las cuotas de sus planes de salud a diciembre de 2023, ajustado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Según la información oficial, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) determinó, de forma preliminar, que “existen indicios sólidos de un acuerdo colusivo entre las empresas de medicina prepaga”.

“Los efectos inmediatos de este supuesto accionar es el aumento cuasi uniforme en los precios de los planes”, alertó la CNCD, que emitió un dictamen aconsejando al Secretario de Industria y Comercio del Ministerio de Economía la adopción de una medida cautelar, que faculta a esa Secretaría “imponer el cumplimiento de condiciones u ordenar el cese de conductas con el objetivo de evitar que se produzca un daño, o disminuir su magnitud, su continuación o agravamiento”.

El dictamen sostiene que “siete empresas de medicina prepaga, la confederación que las agrupa y la persona que preside la misma”, deben cumplir con los siguientes requerimientos:

  • Por el plazo de seis meses, los valores de las cuotas de los planes de salud médico-asistenciales a ser cobradas no podrán superar al siguiente cálculo: la cuota del plan de salud médico asistencial de diciembre de 2023 multiplicada por 1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente.
  • Cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial.
  • La medida preventiva ordena además a las compañías de medicina prepaga a presentar información a la CNDC sobre precios nominales de cada plan de salud ofrecido, ingresos obtenidos por cada plan de salud y cantidad de afiliados en cada uno de los planes.

El Gobierno detalló además que las personas investigadas por la CNDC y alcanzadas por la medida cautelar son las empresas de medicina prepaga Galeno Argentina, Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil, Hospital Alemán Asociación Civil, Medifé Asociación Civil, Swiss Medical, Omint, OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios; la Unión Argentina de Salud (UAS) y Claudio Belocopitt, “en su doble carácter de presidente de la firma Swiss Medical y de la UAS”.

La investigación en curso se realizó a partir de una denuncia por parte de legisladores de la Coalición Cívica por cartelización en los términos de la Ley de Defensa de la Competencia, en virtud del aumento coordinado de los precios de los planes de medicina prepaga.

@Página12.

/Imagen principal: Archivo/

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AFIP: cuánto es el monto mínimo para informar transferencias de inmuebles y vehículos.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos para solicitar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI), basándose en el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) del Instituto de Estadística y Censos (INDEC).

Estos nuevos valores aplican a operaciones de compraventa de vehículos nuevos y usados, así como para transferencias de inmuebles. La utilización del IPC es una novedad, introducida por primera vez en mayo de 2023 mediante la Resolución General 5362/2023, que establece una actualización anual con efecto a partir del 1 de abril de cada año.

AFIP: el nuevo monto para informar transferencias de inmuebles y vehículos

En el caso del CETA, será requerido si el precio de venta o su valor, según una tabla de valuaciones, supera los $10.919.766. Para vehículos usados, la intermediación y compraventa deben ser informadas a partir de $2.669.276, y para motovehículos, desde $1.091.977.

Por otra parte, el COTI debe obtenerse si el precio o la base imponible superan o alcanzan los $22.810.177.

@Ámbito

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Política & Economía Nacional

Aumentan hasta $10 millones la multa para infractores: los motivos y a qué se aplica.

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La Comisión Nacional de Valores(CNV) aumentó las multas para aquellas infracciones contempladas en la “Grilla de Conductas Infractoras pasibles de Procedimiento Sumarial Abreviado”.

Según la Resolución 998/2024 publicada en el Boletín Oficial, el apercibimiento no podría ser superior a los 10 millones de pesos que corresponde al denominado “derecho administrativo sancionador” que es de naturaleza preventiva.

Según explica el organismo regulador, la finalidad del “componente punitivo” que le es propio es accesorio o auxiliar del orden y desarrollo en la gestión en las materias que son propias de la autoridad administrativa, y constituye un complemento de las atribuciones de reglamentación y aplicación delegadas por la ley a las agencias administrativas; el contenido del injusto administrativo y la finalidad de la sanción resultan inseparables de la finalidad de tales regulaciones por cuanto la sanción es conminada para asegurar su cumplimiento” (Alejandro Nieto “Derecho Administrativo Sancionador”. Editorial Tecnos, Madrid, 2005).

La finalidad de la sanción no es correctiva sino ejemplificadora, preventiva o disuasiva, para evitar que en el futuro se incurra en conductas similares, debiéndose contemplar, en el caso particular de la sanción de multa, que el monto que se prevea sea apropiado a fin de alcanzar un efecto persuasivo que logre en los sujetos regulados el máximo deber de diligencia en el cumplimiento de las normas.

CNV: qué se tomará en consideración para aplicar la multa

A fin de graduar el monto de la multa a ser aplicada, se tomarán en consideración las siguientes pautas de graduación:

a) Las establecidas por el artículo 133 de la Ley N° 26.831.

b) La cantidad de conductas reconocidas que configuren infracciones.

c) Si existió subsanación respecto de los incumplimientos.

d) La adopción, por parte de los sumariados, de medidas tendientes a subsanar las infracciones que motivaron la instrucción del sumario”.

También se aclara que la presente Resolución General entrará en vigencia a partir del 18 de abril.

@Ámbito

/Fuente de imagen: Ámbito

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