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Sancionaron a la cervecería Quilmes por abuso de posición dominante.

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Sancionaron a la cervecería Quilmes por abuso de posición dominante.

La Secretaría de Comercio Interior sancionó a Quilmes con una multa de $150 millones y “medidas correctivas” por “la acreditación de un abuso de posición dominante de carácter exclusorio” en el mercado de distribución de cervezas.

La sanción es consecuencia de una investigación realizada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia. “Es la multa más importante de los últimos 15 años”, informó Comercio Interior a través de un comunicado. La investigación comenzó en 2016 a raíz de denuncias presentadas por Compañía Cervecerías Unidas SA, Compañía Industrial Cervecera SA y Otro Mundo Brewing Company SA.

El organismo de defensa de la competencia comprobó un abuso de posición dominante de tipo exclusorio, que implicaba una serie de conductas destinadas a evitar la competencia en el mercado de cervezas argentino.

La investigación de la CNDC corroboró que Quilmes había desarrollado un conjunto de estrategias de fidelización con el fin de establecer espacios exclusivos de venta minorista de cervezas, generando un cierre vertical del mercado para los competidores actuales y potenciales.

Prácticas que Quilmes usaba para mantener su posición dominante.

El conjunto de instrumentos de fidelización que dieron origen a la conducta denunciada se refleja en las siguientes prácticas:

1- Venta exclusiva de cervezas y otros productos de Quilmes en puntos de venta On Premise (bares, restaurantes, etc.) a cambio de contratos de dinero, publicidad, mobiliario y descuentos sobre la cartera de productos que comercializa Quilmes (cervezas, aguas, aguas saborizadas, isotónicas, gaseosas, energizantes, etc.).

2- Exigencias de espacios exclusivos y preferenciales en góndolas y punteras en los canales Off Premise (supermercados, autoservicios y almacenes de gran tamaño) superiores a su participación de mercado, a cambio de descuentos y promociones.

3- Exclusividad en el uso de heladeras en los segmentos On Premise y Off Premise.

Según la CNDC, las barreras a la entrada permiten a las firmas que ya se encuentran en el mercado obtener beneficios supracompetitivos, impidiendo que competidores actuales o potenciales disciplinen los precios.

Además de la multa, se le aplicaron otras medidas correctivas.

Además de la multa de 150 millones de pesos, la CNDC estableció distintas medidas correctivas para impedir la reiteración de las conductas sancionadas:

1- Quilmes no podrá establecer ningún tipo de acuerdo comercial formal o informal con los puntos de venta –tanto On Premisse como Off Premise– que tenga por objeto o efecto generar restricciones verticales sobre los canales de comercialización con la finalidad de: obtener exclusividad de venta o primera opción de sus productos; eliminar a los competidores de las cartas, menú u otros; o limitar la exhibición de los productos de la competencia a través de acuerdos de espacios exclusivos en góndolas o punteras, entre otras limitaciones.

2- Quilmes deberá mantener una estrategia de comercialización de sus marcas de cerveza en forma independiente del resto de las bebidas que distribuye. Esto implica que no podrá establecer descuentos cruzados entre distintos productos, ni sujetar la venta de un producto a la adquisición de otro.

3- Se estableció que los acuerdos de publicidad y promoción exclusiva de sus marcas de cerveza –a través de la entrega de mobiliario, marquesina u otros– deberán tener una duración máxima de tres años con la posibilidad de la rescisión anticipada luego del primer año y sin renovaciones automáticas; no deberán prohibir la venta de productos de la competencia, ni órdenes de preferencia en la oferta de productos; y permitirán la inclusión de los productos de los competidores en las cartas o menú.

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su defensa presentó un recurso de nulidad contra la resolución de la ANSES

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su defensa presentó un recurso de nulidad contra la resolución de la ANSES

El abogado de la expresidenta solicitó formalmente se declare la nulidad de la resolución y se restituyan los haberes de las asignaciones mensuales vitalicias que fueran «indebidamente retenidas»

Como adelantó Ámbito, con el patrocinio del abogado especialista en temas previsionales, Facundo Fernández Pastor, la exvicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner presentó una impugnación ante la ANSES de la resolución del gobierno de Javier Milei que le quitó la jubilación y la pensión tras la confirmación de su condena en la causa Vialidad.

El recurso administrativo deberá ser respondido por las autoridades del organismo de seguridad social. La defensa de Cristina descuenta que la respuesta será negativa, por lo que ya preparan una presentación ante la justicia.

El escrito advierte que la decisión del Poder Ejecutivo «viola derechos y garantías consagradas en las leyes, la Constitución Nacional y la doctrina emendada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación» y reclama que «se revoque la resolución mencionada, restituyendo los haberes de las asignaciones mensuales vitalicias indebidamente retenidas a mi mandante, con más los intereses hasta el efectivo pago, lo que se sustanciará en el presente».

RECURSO DE NULIDAD -CFK.-IF-2024-128194704-ANSES-DDEANSES.22.11.2024_removed.pdf

También argumenta fines persecutorios contra la exmandataria al afirmar que se trata de «un acto más de persecución con fines de venganza, hostigamiento y partidismo que involucra en este caso a funcionarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social, del Ministerio de Capital Humano del que depende, y al mismísimo presidente de la Nación»

Para Pastor, con la decisión administrativa el gobierno reinterpretó el artículo 29 de la ley 24.018, que dice que la forma de no tener derecho al beneficio es haber sido destituido a través del juicio político. Para el Ejecutivo, el juicio civil posterior a haber accedido al beneficio es equiparable al juicio político, lo cual es refutado por la defensa de Cristina Kirchner.

Se trata de un caso idéntico al del ex vicepresidente Amado Boudou. Especialistas recuerdan también como antecedente el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que resolvió en el caso del juez Smart. Aquella resolución le restituyó el beneficio al magistrado incluso habiendo sido condenado por delitos de lesa humanidad. Es porque Smart no fue destituído a través del juicio político.

Jubilación de Cristina Kirchner: qué dijo el abogado

El abogado de Cristina Kirchner en materia previsional, Facundo Fernández Pastor, aseguró que irán ante la Justicia en caso de que no avance el pedido administrativo y apuntó que «le sacaron las dos asignaciones mensuales vitalicias interpretando que una condena en doble instancia es equiparable al juicio político«. «Eso es algo que tiene que interpretar la Justicia», agregó y recordó que «la doctrina jurisprudencial dice lo contrario».

El representante de la expresidente en entrevista en radio La Red también remarcó que en la decisión de la ANSES «se reconocen los beneficios, pero revoca el acto administrativo sin dar derecho de defensa«.

En ese marco consideró que la decisión gubernamental se vincula «a la misma persecución que tuvo cuando dejó la Presidencia en el 2015».

Consultada al respecto de una posible judicialización de la causa, la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello declaró para Ámbito: «Confío en que la Justicia estará a la altura».

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El salario mínimo no para de caer y ya tiene menos poder de compra que en 2001

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El salario mínimo no para de caer y ya tiene menos poder de compra que en 2001

El salario mínimo, vital y móvil (SMVM) cayó 1,3% en octubre y entre noviembre 2023 y octubre acumula una pérdida de 28%. La fuerte caída se explica como consecuencia del aumento de la inflación, con el pico de 25,5% de diciembre tras la devaluación, y del alza de las tarifas, según un estudio elaborado por el Instituto Interdisciplinario de Economía Política de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA.

El informe titulado «Panorama del empleo asalariado formal y de las remuneraciones» muestra que la merma del SMVM se inició en diciembre de 2023, cuando se contrajo 15% de la mano de la aceleración inflacionaria y se profundizó aún más en enero con una caída del 17%.

Esta tendencia se interrumpió momentáneamente en los meses siguientes, período durante el cual el incremento nominal acompañó la inflación por lo cual no se observaron reducciones adicionales. En el mes de junio se produjo una nueva caída (-4,4%), seguida por cierta recuperación en julio (4,3%) y por reducciones consecutivas en los tres meses siguientes.

La tendencia decreciente de los años previos, adicionalmente a la fuerte contracción de estos meses, posicionó el salario mínimo en un valor inferior al registrado en 2001, previo a la crisis de la convertibilidad. Asimismo, esto implica una erosión de casi el 60% frente al valor máximo de la serie, en septiembre de 2011.

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Salarios formales aún no equiparan el poder adquisitivo de noviembre 2023

El salario promedio de los trabajadores formales, que mide el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), también registró una fuerte contracción entre noviembre y diciembre del año pasado. Aunque, con la desaceleración de la inflación, sumado a las negociaciones salariales en el marco de los acuerdos paritarios, permitieron, primero, evitar que la caída del poder de compra de los haberes continúe y, luego, que comience un proceso de recuperación.

En el mes de agosto, este índice registró un aumento de 0,8%, y de 0,3% en septiembre. A pesar de ello, a septiembre de 2024 (último dato disponible) el poder de compra de los salarios promedio continuaba siendo inferior en 1,5% al valor de noviembre. Sin embargo, el porcentaje de aumento se atenuó marcadamente desde agosto.

El panorama de los meses de agosto y septiembre resulta más crítico cuando se analizan las cifras de remuneración promedio de los asalariados registrados del sector privado proveniente del SIPA. Luego de crecer en términos reales en el mes de junio (+4%) y julio (+2,8%), en agosto experimentó una caída de 2,5% y en septiembre, los datos preliminares difundidos por la Secretaría de Trabajo dan cuenta de una nueva caída, del 1%.

Esto implica una pérdida de poder adquisitivo de 3% abajo del registro de noviembre de 2023. A su vez, acumulaba una caída del orden de 20% respecto del máximo de la serie registrado en mayo de 2013.

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Dólar hoy y dólar blue hoy minuto a minuto: a cuánto opera este viernes 22 de noviembre

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