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Suba del Gas: el Gobierno autorizó nuevos aumentos de tarifas

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Suba del Gas: el Gobierno autorizó nuevos aumentos de tarifas

A través de resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, el Enargas confirmó la elevación del cargo fijo sobre el cargo variable del servicio. También habrá incrementos mensuales en la tarifa. Cuánto tendrá que pagar cada usuario.

El Gobierno de Javier Milei oficializó los nuevos cuadros tarifarios de gas para todas las distribuidoras del país que autorizan subas en el cargo fijo que superan el 1.300 por ciento en la factura final.

A través de las resoluciones de la 112 a la 123 publicadas en el Boletín Oficial, el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) confirmó la elevación del cargo fijo sobre el cargo variable del servicio.

Hasta ahora, las empresas venían cobrando la mitad de su ingreso a través del cargo variable y la otra mitad a través del cargo fijo, pero a partir de hoy todo el Valor Agregado de Distribución (VAD) se aplicará sobre el cargo fijo con el argumento de tener más previsibilidad en sus ingresos a lo largo del año.

Cuánto tendrá que pagar cada usuario

El nuevo cuadro establece los siguientes parámetros de costos fijos para los usuarios de Metrogas:

  • Categoría R1 residentes en Capital Federal (CABA): $2.122,22
  • Categoría R1 de provincia de Buenos Aires: $2.554,77
  • Categoría R3 CABA: entre $22.198,39 y $52.852,51
  • Categoría R3 provincia: $28.722,14

Para el caso de usuarios sin subsidios, la suba se dispara hasta un 1.369,8 por ciento.

A estos valores, se le deben sumar los cargos por consumo, el sistema de transporte, los valores del PIST y los impuestos y la distribución, que conformarán el costo final de las tarifas de gas natural.

El Enargas aprobó también la fórmula de actualización tarifaria mensual (según las zonas de residencia), los cargos de consumo, los precios mayoristas (PIST), el transporte y la distribución.

Con este mecanismo, los usuarios de altos ingresos (Nivel 1) y los del servicio general que no son residenciales pagarán en abril entre 2,70 y 2,95 dólares por millón de BTU. Mientras que a partir del 1° de mayo, abonarán 4,20 y 4,50 dólares por millón de BTU, dependiendo la zona del país.

Por su parte, los usuarios de bajos ingresos con tarifa social (Nivel 2) pagarán por el gas en abril entre 0,74 y 0,78 dólares por millón de BTU. Los de ingresos medios (Nivel 3) abonarán en mayo entre 1,10 y 1,17 dólares por millón de BTU.

Los cuadros tarifarios de transición y de tasas y cargos por servicios rigen para todas las empresas distribuidoras del país, dentro de las que se encuentran MetrogasTransportadora Gas del Sur, Gasnor, Nartugy BAN, Distribuidora de Gas Cuyana, Distribuidora de Gas del Centro, Litoral Gas, Gas NEA, Camuzzi Gas Pampeana y Redengas.

@Página12.

/Imagen principal: Archivo/

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su defensa presentó un recurso de nulidad contra la resolución de la ANSES

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su defensa presentó un recurso de nulidad contra la resolución de la ANSES

El abogado de la expresidenta solicitó formalmente se declare la nulidad de la resolución y se restituyan los haberes de las asignaciones mensuales vitalicias que fueran «indebidamente retenidas»

Como adelantó Ámbito, con el patrocinio del abogado especialista en temas previsionales, Facundo Fernández Pastor, la exvicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner presentó una impugnación ante la ANSES de la resolución del gobierno de Javier Milei que le quitó la jubilación y la pensión tras la confirmación de su condena en la causa Vialidad.

El recurso administrativo deberá ser respondido por las autoridades del organismo de seguridad social. La defensa de Cristina descuenta que la respuesta será negativa, por lo que ya preparan una presentación ante la justicia.

El escrito advierte que la decisión del Poder Ejecutivo «viola derechos y garantías consagradas en las leyes, la Constitución Nacional y la doctrina emendada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación» y reclama que «se revoque la resolución mencionada, restituyendo los haberes de las asignaciones mensuales vitalicias indebidamente retenidas a mi mandante, con más los intereses hasta el efectivo pago, lo que se sustanciará en el presente».

RECURSO DE NULIDAD -CFK.-IF-2024-128194704-ANSES-DDEANSES.22.11.2024_removed.pdf

También argumenta fines persecutorios contra la exmandataria al afirmar que se trata de «un acto más de persecución con fines de venganza, hostigamiento y partidismo que involucra en este caso a funcionarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social, del Ministerio de Capital Humano del que depende, y al mismísimo presidente de la Nación»

Para Pastor, con la decisión administrativa el gobierno reinterpretó el artículo 29 de la ley 24.018, que dice que la forma de no tener derecho al beneficio es haber sido destituido a través del juicio político. Para el Ejecutivo, el juicio civil posterior a haber accedido al beneficio es equiparable al juicio político, lo cual es refutado por la defensa de Cristina Kirchner.

Se trata de un caso idéntico al del ex vicepresidente Amado Boudou. Especialistas recuerdan también como antecedente el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que resolvió en el caso del juez Smart. Aquella resolución le restituyó el beneficio al magistrado incluso habiendo sido condenado por delitos de lesa humanidad. Es porque Smart no fue destituído a través del juicio político.

Jubilación de Cristina Kirchner: qué dijo el abogado

El abogado de Cristina Kirchner en materia previsional, Facundo Fernández Pastor, aseguró que irán ante la Justicia en caso de que no avance el pedido administrativo y apuntó que «le sacaron las dos asignaciones mensuales vitalicias interpretando que una condena en doble instancia es equiparable al juicio político«. «Eso es algo que tiene que interpretar la Justicia», agregó y recordó que «la doctrina jurisprudencial dice lo contrario».

El representante de la expresidente en entrevista en radio La Red también remarcó que en la decisión de la ANSES «se reconocen los beneficios, pero revoca el acto administrativo sin dar derecho de defensa«.

En ese marco consideró que la decisión gubernamental se vincula «a la misma persecución que tuvo cuando dejó la Presidencia en el 2015».

Consultada al respecto de una posible judicialización de la causa, la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello declaró para Ámbito: «Confío en que la Justicia estará a la altura».

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El salario mínimo no para de caer y ya tiene menos poder de compra que en 2001

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El salario mínimo no para de caer y ya tiene menos poder de compra que en 2001

El salario mínimo, vital y móvil (SMVM) cayó 1,3% en octubre y entre noviembre 2023 y octubre acumula una pérdida de 28%. La fuerte caída se explica como consecuencia del aumento de la inflación, con el pico de 25,5% de diciembre tras la devaluación, y del alza de las tarifas, según un estudio elaborado por el Instituto Interdisciplinario de Economía Política de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA.

El informe titulado «Panorama del empleo asalariado formal y de las remuneraciones» muestra que la merma del SMVM se inició en diciembre de 2023, cuando se contrajo 15% de la mano de la aceleración inflacionaria y se profundizó aún más en enero con una caída del 17%.

Esta tendencia se interrumpió momentáneamente en los meses siguientes, período durante el cual el incremento nominal acompañó la inflación por lo cual no se observaron reducciones adicionales. En el mes de junio se produjo una nueva caída (-4,4%), seguida por cierta recuperación en julio (4,3%) y por reducciones consecutivas en los tres meses siguientes.

La tendencia decreciente de los años previos, adicionalmente a la fuerte contracción de estos meses, posicionó el salario mínimo en un valor inferior al registrado en 2001, previo a la crisis de la convertibilidad. Asimismo, esto implica una erosión de casi el 60% frente al valor máximo de la serie, en septiembre de 2011.

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Salarios formales aún no equiparan el poder adquisitivo de noviembre 2023

El salario promedio de los trabajadores formales, que mide el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), también registró una fuerte contracción entre noviembre y diciembre del año pasado. Aunque, con la desaceleración de la inflación, sumado a las negociaciones salariales en el marco de los acuerdos paritarios, permitieron, primero, evitar que la caída del poder de compra de los haberes continúe y, luego, que comience un proceso de recuperación.

En el mes de agosto, este índice registró un aumento de 0,8%, y de 0,3% en septiembre. A pesar de ello, a septiembre de 2024 (último dato disponible) el poder de compra de los salarios promedio continuaba siendo inferior en 1,5% al valor de noviembre. Sin embargo, el porcentaje de aumento se atenuó marcadamente desde agosto.

El panorama de los meses de agosto y septiembre resulta más crítico cuando se analizan las cifras de remuneración promedio de los asalariados registrados del sector privado proveniente del SIPA. Luego de crecer en términos reales en el mes de junio (+4%) y julio (+2,8%), en agosto experimentó una caída de 2,5% y en septiembre, los datos preliminares difundidos por la Secretaría de Trabajo dan cuenta de una nueva caída, del 1%.

Esto implica una pérdida de poder adquisitivo de 3% abajo del registro de noviembre de 2023. A su vez, acumulaba una caída del orden de 20% respecto del máximo de la serie registrado en mayo de 2013.

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Dólar hoy y dólar blue hoy minuto a minuto: a cuánto opera este viernes 22 de noviembre

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