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Política & Economía Nacional

Vialidad: Cristina Kirchner ejerce su propia defensa en la última jornada de su alegato.

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La vicepresidenta habló ante los jueces del Tribunal; enfrentando un pedido de condena a 12 años de prisión.

La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner ejerció desde las 11 horas su propia defensa en la última jornada de su alegato final en el juicio de la causa denominada Vialidad, que investiga el presunto direccionamiento de la obra pública en Santa Cruz.

El martes pasado, la titular del Senado, además de confirmar que ella iba a realizar su propia defensa en el juicio, apuntó contra los fiscales (Diego) Luciani y (Sergio) Mola, al señalar que los fiscales “parecen trolls”. Dijo también que su abogado “demolió las mentiras y fake news” de los acusadores, parafraseó a Juan Domingo Perón y les espetó que “se vuelve de cualquier lugar, menos del ridículo”.

 Al cabo de casi una hora y media de exposición la vicepresidente expuso las inconsistencia de la acusación y las mentiras de los fiscales, explicó por qué es disparatado en términos jurídicos que haya sido sentada en el banquillo de los acusados y también expuso la connivencia de sectores del Poder Judicial con el macrismo y se refirió al atentado que sufrió. Los puntos centrales de su presentación ante el tribunal

  • “Se me negó el derecho de defensa. Si no fuera abogada estaría en estado de indefensión”
  • “Mis abogados desmontaron las mentiras de los fiscales Luciani y Mola”
  • “No se puede creer cómo y por qué se ha llevado adelante este juicio”
  • “Pediré que se extraigan testimonios de las mentiras de los fiscales”
  • “Escuchamos al fiscal Luciani en intervenciones artísticas, grandilocuentes”
  • “Fiscales y jueces juegan en la quinta de Macri”
  • “Estamos ante un claro caso de prevaricato”
  • “Luciani y Mola mintieron en el alegato final”
  • “Nada puede entrar en contradicción con la Constitución”
  • “La acusación de Luciani y Mola viola el artículo 1 de la Constitución”
  • “Fuimos elegidos por el pueblo, nunca podemos ser una asociación ilícita”
  • “Esta acusación de asociación ilícita no tiene ni pies ni cabeza y es inconstitucional antirrepublicana y antifederal”
  • “Los fiscales violaron tres veces la Constitución”
  • “La fiscalía puso como pruebas de los delitos decretos de necesidad y urgencia aprobados por el Parlamento. Todos los actos emanados de un órgano constitucional se presumen legítimos”
  • “Nadie declaró inválida ninguna licitación”
  • “Este juicio no tiene andamiaje constitucional, es un disparate”
  • “Han traído de los pelos este juicio porque a la que tenían que traerme de los pelos era a mí y para eso trajeron de los pelos a la Constitución, al Código Civil, a la jurisprudencia, al sentido común, a todo”

Cristina Kirchner enfrenta un pedido de condena a 12 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Durante las primeras jornadas de su alegato final, la defensa negó la existencia del plan “limpiar todo” y dijo que la fiscalía hizo “un intento desesperado” por sostener la acusación: “Construyeron una historia paralela para armar una acusación que llaman el plan ‘limpiar todo’. No existe”.

El supuesto plan había sido montado para pagarle todas las obras que se le debían a Lázaro Báez antes de concluido el segundo mandato de Cristina Kirchner, para luego cerrar las empresas. Según la fiscalía, la vicepresidenta estaba al tanto de esta maniobra, en base a una serie de mensajes hallados en el teléfono del ex secretario de Obras Públicas, José López. De allí determinaron que la vicepresidenta se reunió con Lázaro Báez en Santa Cruz el 30 de noviembre de 2015, pocos días antes del traspaso de mando. Pero Beraldi afirmó que ese día la entonces presidenta no estuvo en Santa Cruz, sino en Río Negro.

Política & Economía Nacional

Gobierno anunció que las prepagas deberán retrotraer los aumentos superiores a la inflación

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El vocero Manuel Adorni anunció que por una resolución del Ministerio de Economía las principales empresas de medicina prepaga deberán “retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre de 2023 ajustadas desde allí por el índice de precios al consumidor”. 

El Gobierno finalmente intervino en el tema de los aumentos de la medicina prepaga, tras varias amenazas al respecto y en un reconocimiento del rol del Estado para regular al mercado. El vocero Manuel Adorni informó que el Ministerio de Economía dictó una “medida de cautela anticipada” y que las principales empresas deberán “retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre de 2023 ajustadas desde allí por el Índice de Precios al Consumidor”.

Adorni añadió que la decisión se tomó tras una denuncia por presunta cartelización y agregó que la Superintendencia de Salud presentará una medida cautelar para obligar a las empresas a retrotraer el valor de las cuotas y “devolver el monto por encima de la inflación que cobraron desde diciembre”.

“Mientras no exista la presunción de cartelización pueden hacer lo que gusten”, dijo el vocero ante la pregunta sobre si este mismo tipo de política puede aplicarse a otras empresas, como las de telecomunicaciones.

En esa línea, defendió el decreto de necesidad y urgencia 70/2023, que avaló los aumentos desmedidos en las prepagas. “El DNU no invita a cometer ilegalidades, invita a actuar en libertad, no a cartelizarse”, planteó y repitió: “Nosotros promovemos la libertad de mercado”.

Hace unos días, el ministro de Economía, Luis Caputo, había asegurado que “las prepagas le están declarando la guerra a la clase media” con los aumentos desmedidos, por lo que había señalado que desde el Gobierno iban a hacer “todo lo que esté al alcance” para

Avaladas por el megaDNU de Milei, las compañías subieron cerca de 200 por ciento sus precios en cuatro meses sin ningún control de parte del Gobierno.A eso se le sumó que la Secretaría de Comercio derogó una resolución que exigía un informe periódico a las empresas de medicina privada sobre el valor de las cuotas.

Mientras tanto, en la Justicia se acumulan las denuncias y pedidos de amparos contras los aumentos desmedidos.

El detalle de las medidas contra la suba de las prepagas

La Secretaría de Industria y Comercio informó este miércoles que dictó una “medida de tutela anticipada” que obliga a un grupo de empresas de medicina prepaga -que representa el 75% de los afiliados- a reajustar a partir de la próxima facturación los valores de las cuotas de sus planes de salud a diciembre de 2023, ajustado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Según la información oficial, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) determinó, de forma preliminar, que “existen indicios sólidos de un acuerdo colusivo entre las empresas de medicina prepaga”.

“Los efectos inmediatos de este supuesto accionar es el aumento cuasi uniforme en los precios de los planes”, alertó la CNCD, que emitió un dictamen aconsejando al Secretario de Industria y Comercio del Ministerio de Economía la adopción de una medida cautelar, que faculta a esa Secretaría “imponer el cumplimiento de condiciones u ordenar el cese de conductas con el objetivo de evitar que se produzca un daño, o disminuir su magnitud, su continuación o agravamiento”.

El dictamen sostiene que “siete empresas de medicina prepaga, la confederación que las agrupa y la persona que preside la misma”, deben cumplir con los siguientes requerimientos:

  • Por el plazo de seis meses, los valores de las cuotas de los planes de salud médico-asistenciales a ser cobradas no podrán superar al siguiente cálculo: la cuota del plan de salud médico asistencial de diciembre de 2023 multiplicada por 1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente.
  • Cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial.
  • La medida preventiva ordena además a las compañías de medicina prepaga a presentar información a la CNDC sobre precios nominales de cada plan de salud ofrecido, ingresos obtenidos por cada plan de salud y cantidad de afiliados en cada uno de los planes.

El Gobierno detalló además que las personas investigadas por la CNDC y alcanzadas por la medida cautelar son las empresas de medicina prepaga Galeno Argentina, Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil, Hospital Alemán Asociación Civil, Medifé Asociación Civil, Swiss Medical, Omint, OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios; la Unión Argentina de Salud (UAS) y Claudio Belocopitt, “en su doble carácter de presidente de la firma Swiss Medical y de la UAS”.

La investigación en curso se realizó a partir de una denuncia por parte de legisladores de la Coalición Cívica por cartelización en los términos de la Ley de Defensa de la Competencia, en virtud del aumento coordinado de los precios de los planes de medicina prepaga.

@Página12.

/Imagen principal: Archivo/

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AFIP: cuánto es el monto mínimo para informar transferencias de inmuebles y vehículos.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos para solicitar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI), basándose en el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) del Instituto de Estadística y Censos (INDEC).

Estos nuevos valores aplican a operaciones de compraventa de vehículos nuevos y usados, así como para transferencias de inmuebles. La utilización del IPC es una novedad, introducida por primera vez en mayo de 2023 mediante la Resolución General 5362/2023, que establece una actualización anual con efecto a partir del 1 de abril de cada año.

AFIP: el nuevo monto para informar transferencias de inmuebles y vehículos

En el caso del CETA, será requerido si el precio de venta o su valor, según una tabla de valuaciones, supera los $10.919.766. Para vehículos usados, la intermediación y compraventa deben ser informadas a partir de $2.669.276, y para motovehículos, desde $1.091.977.

Por otra parte, el COTI debe obtenerse si el precio o la base imponible superan o alcanzan los $22.810.177.

@Ámbito

/Fuente de imagen: Ámbito

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Aumentan hasta $10 millones la multa para infractores: los motivos y a qué se aplica.

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La Comisión Nacional de Valores(CNV) aumentó las multas para aquellas infracciones contempladas en la “Grilla de Conductas Infractoras pasibles de Procedimiento Sumarial Abreviado”.

Según la Resolución 998/2024 publicada en el Boletín Oficial, el apercibimiento no podría ser superior a los 10 millones de pesos que corresponde al denominado “derecho administrativo sancionador” que es de naturaleza preventiva.

Según explica el organismo regulador, la finalidad del “componente punitivo” que le es propio es accesorio o auxiliar del orden y desarrollo en la gestión en las materias que son propias de la autoridad administrativa, y constituye un complemento de las atribuciones de reglamentación y aplicación delegadas por la ley a las agencias administrativas; el contenido del injusto administrativo y la finalidad de la sanción resultan inseparables de la finalidad de tales regulaciones por cuanto la sanción es conminada para asegurar su cumplimiento” (Alejandro Nieto “Derecho Administrativo Sancionador”. Editorial Tecnos, Madrid, 2005).

La finalidad de la sanción no es correctiva sino ejemplificadora, preventiva o disuasiva, para evitar que en el futuro se incurra en conductas similares, debiéndose contemplar, en el caso particular de la sanción de multa, que el monto que se prevea sea apropiado a fin de alcanzar un efecto persuasivo que logre en los sujetos regulados el máximo deber de diligencia en el cumplimiento de las normas.

CNV: qué se tomará en consideración para aplicar la multa

A fin de graduar el monto de la multa a ser aplicada, se tomarán en consideración las siguientes pautas de graduación:

a) Las establecidas por el artículo 133 de la Ley N° 26.831.

b) La cantidad de conductas reconocidas que configuren infracciones.

c) Si existió subsanación respecto de los incumplimientos.

d) La adopción, por parte de los sumariados, de medidas tendientes a subsanar las infracciones que motivaron la instrucción del sumario”.

También se aclara que la presente Resolución General entrará en vigencia a partir del 18 de abril.

@Ámbito

/Fuente de imagen: Ámbito

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